Club Trail Andalucía

Foro Club Trail Andalucí­a => Varios => Mensaje iniciado por: TENERE-JAVIER en Julio 31, 2018, 10:16:07 am

Título: Normativa
Publicado por: TENERE-JAVIER en Julio 31, 2018, 10:16:07 am
Recientemente realicé esta consulta a la Consejería de Medio Ambiente: "¿existe alguna pista forestal, de algún parque natural de Andalucía donde puedan circular vehículos a motor, y no puedan circular motocicletas? Si es así ¿me pueden indicar cuáles, y en base a qué normativa?".

Y se me contestó lo siguiente: "“Se indica que está prohibida la circulación de motocicletas, cuadriciclos o vehículos asimilados, excepto si circulan por carreteras o caminos asfaltados, cuando esté vinculado a actividades de uso público, turismo activo y ecoturismo, en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), de acuerdo con lo dispuesto en su correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado mediante decreto…”

Cómo se puede observar no se prohíbe en todos los parques, lo cual resulta arbitrario (por qué en Doñana se puede y sin embargo en Sierra Nevada no), además de discriminatorio, por qué si puede circular un microbus o un todoterreno, y una moto no. No hablo de practicar enduro, lo cual está prohibido (ya que queda prohibida la circulación de vehículos a motor campo a través) , o competir, sino por qué se prohíbe la circulación de una motocicleta a menos de 50 km/h, donde si puede circular otro vehículo, me resulta injusto.

Ante lo cual, he redactado un escrito que el que esté de acuerdo, puede imprimirlo y rellenarlo con sus datos, y presentarlo en cualquier registro. Uno dirigido al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de la Junta de Andalucía. Casa Rosa Avd. Guardia Civil, 1, 41071 - Sevilla. Y otro al Defensor del Pueblo Andaluz, Calle Reyes Católicos, 21, 41001 Sevilla.

Por ejemplo, recientemente me metí por una pista forestal, del Parque de los Alcornocales, a paso burra, con ruedas asfálticas, donde pueden circular todoterrenos y turismos, y si me ven, me hubieran multado, sin yo saberlo (ya que no había señales de prohibición, y nadie se lee los planes de ordenación de los recursos naturales antes de entrar a un parque), y sin embargo si voy con un todoterreno, no hubiera tenido problemas, no me parece normal. O si alguien va a Cazorla a ver el nacimiento del Guadalquivir, en motocicleta, tampoco podría.

Copio y pego el escrito, para el que quiera, y cada uno claro está lo puede modificar a su antojo.:


PARA: Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de la Junta de Andalucía. Casa Rosa Avd. Guardia Civil, 1, 41071 - Sevilla

DE:
 
TEMA: QUEJA ante la prohibición de circulación de motocicletas cuadriciclos o vehículos asimilados por pistas forestales en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), donde pueden circular el resto de vehículos a motor

EXPONE:
Ante la prohibición de circulación de motocicletas cuadriciclos o vehículos asimilados por pistas forestales en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), donde pueden circular el resto de vehículos a motor, manifiesto:

1.   ¿Por qué se discrimina a las motocicletas en la circulación por las pistas forestales de dichos parques naturales, con respecto al resto de automóviles (turismos, todoterrenos, camiones, etc), cuando se trata de vehículos homologados, que han pasados sus respectivas inspecciones de vehículos? No existe ninguna base científica, ni técnica, para prohibir la circulación de las motocicletas por las pistas forestales por las que pueden circular el resto de automóviles. Una motocicleta genera menores emisiones de CO2, al ser un motor de gasolina y no diesel emite una menor cantidad de partículas contaminantes, genera menor compactación del terreno (aunque solamente tenga dos ruedas, pesa muchísimo menos), y las mismas emisiones sonoras (o menores), de hecho en las inspecciones técnicas de vehículos se controla exhaustivamente dicho parámetro. Considero que el impacto no lo genera el vehículo, sino la forma de conducción, y que un todoterreno con una conducción agresiva, genera un mayor impacto que una motocicleta con una conducción suave (no digamos un camión, o un autobús). Considero que es discriminatorio prohibir la circulación de motocicletas donde pueden circular el resto de vehículos a motor, ya que son vehículos homologados, que pagan sus respectivos impuestos, y no existe ninguna base técnica que indique que generen un mayor impacto.

2.   ¿Por qué unos Parques Naturales prohíben la circulación de motocicletas por pistas forestales (por donde pueden circular el resto de vehículos) y otros Parques Naturales si permiten dicha circulación? Considero que se entraría en arbitrariedad y desigualdad.

3.   Por otra parte el Decreto 15/2011 de 1 de febrero por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales de Andalucía y se aprueban medidas de agilización de los procedimientos administrativo, el cual prohibía: “Circular con motocicletas, cuatriciclos y vehículos asimilados, excepto si circulan por carreteras o caminos asfaltados”. ESTÁ ANULADO.

4.   Por otra parte según los artículos 55, 56 y 57 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, no se establece ningún tipo de restricción de las motocicletas con respecto al resto de vehículos a motor en el medio natural, de hecho a las motocicletas se les permite circular por viales que tenga una anchura superior a dos metros, mientras que para el resto de vehículos se exige una anchura superior a tres metros:

“Artículo 55. Circulación de vehículos a motor en el medio natural
1. La circulación de vehículos por el medio natural, además de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa general de circulación de vehículos a motor y por el resto de normativa sectorial que le sea de aplicación según la naturaleza de los terrenos por donde se practique dicha actividad, se someterá a las normas y limitaciones establecidas en el presente Decreto. Estas normas y limitaciones serán aplicables a los terrenos forestales, los espacios naturales protegidos, las vías pecuarias, los cauces de las corrientes naturales de agua, continuas o discontinuas y los lechos de los lagos, lagunas y embalses. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este Decreto las carreteras y vías de comunicación reguladas por su normativa específica.
2. Serán viales de libre circulación para los vehículos, quad o asimilados aquellos caminos públicos de tierra o de cualquier otro firme natural de anchura superior a tres metros, y en el caso de motocicletas aquellos con una anchura superior a dos metros, no considerándose como tales las vías pecuarias, los cortafuegos, los viales forestales, así como los caminos privados, cerrados al tráfico mediante la oportuna señalización y aquellos otros en los que se prohíba expresamente este uso.
Artículo 56. Limitaciones de carácter general
1. Queda prohibida la circulación de vehículos a motor campo a través por el medio natural, y en particular, por las dunas o por las corrientes naturales de agua, continuas o discontinuas y los lechos de los lagos, lagunas y embalses, excepto cuando formen parte de un vial que los atraviese o discurra tradicionalmente por un tramo. Está también prohibido circular por las vías de libre circulación cuando se hallen en situación de humedad o encharcamiento tal que la circulación por las mismas genere daños apreciables de erosión o huella rodada permanente, así como circular con vehículos adaptados para la nieve fuera de las pistas habilitadas.
2. Queda prohibido con carácter general:
a) Circular a velocidad superior a 50 km/h en vías libres de circulación, salvo que ello sea expresamente autorizado por la señalización del vial o camino o por Resolución de la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
b) Circular molestando intencionadamente o persiguiendo a la fauna.
c) Hacer uso de altavoces o claxon salvo por motivos de seguridad vial o razones de fuerza mayor.
d) Hacer uso de focos luminosos diferentes de los permitidos por la legislación de tráfico para cada tipo de vehículo.
e) Arrojar desde los vehículos cualquier tipo de residuo o contaminante al medio natural, así como cerillas, colillas, cigarros u otros objetos en combustión.
f) Atropellar o colisionar con animales de forma intencionada.
g) Verter aceites u otros residuos líquidos procedentes del vehículo.
3. Las limitaciones establecidas en el apartado 1 y en el 2. a) no serán aplicables a las personas relacionadas con la propiedad y los aprovechamientos de los terrenos para los que se establece dicha limitación, y a los agentes de la autoridad en labores de vigilancia u a otros servicios públicos de emergencias.
Artículo 57. Limitaciones particulares
1. Cuando la circulación motorizada resulte incompatible con la adecuada protección de la flora la fauna y sus hábitats, o con las condiciones requeridas para el desarrollo de los diferentes usos o aprovechamientos, podrá acordarse motivadamente el cierre al tráfico de los viales o caminos, o bien su uso restringido a las condiciones, épocas o circunstancias que eviten o aminoren el impacto sobre la flora y la fauna, o la incidencia en los eventuales aprovechamientos de la misma.
2. La competencia para adoptar este acuerdo será ejercida por las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de medio ambiente, previa audiencia a las personas titulares de los terrenos así como las de los aprovechamientos que puedan resultar afectados. Las limitaciones establecidas serán debidamente señalizadas.
3. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá regular, mediante Orden, las condiciones exigibles para autorizar la circulación de grupos de vehículos en el medio natural y para la autorización de competiciones deportivas.”


SOLICITA:
Solicito que en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), se permita la circulación de motocicletas en aquellas pistas forestales donde pueden circular el resto de vehículos ya que:
1.   El Decreto 15/2011 de 1 de febrero por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales de Andalucía y se aprueban medidas de agilización de los procedimientos administrativo, ESTÁ DEROGADO.
2.   No hay ninguna base científica que indique que una motocicleta, respetando las normas de circulación, genere mayor impacto en el medio natural, que un camión o un todoterreno. Recordemos que son vehículos homologados, que han pasado sus respectivas verificaciones, e inspecciones técnicas.
3.   Hay otros parques Naturales y Nacionales de Andalucía que si que permiten la circulación de motocicletas por pistas forestales donde está habilitada la circulación para el resto de vehículos a motor (Doñana, Grazalema, Cardeña y Montero, Montes de Málaga, etc.) con lo cual se entraría en arbitrariedad, ¿por qué si se puede en Doñana, o Grazalema, y sin embargo en los Alcornocales no?
4.   El Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, no se establece ningún tipo de restricción especial a las motocicletas, con respecto al resto de vehículos a motor. (Cuando habla de viales forestales, se refiere a las vías de saca de madera –vías de pequeñas dimensiones para la saca de madera-, no a las pistas forestales en general).
5.   En general la gente que usa la moto por el campo, es amante de la naturaleza, y puede hacer una gran labor de vigilancia, al avisar a las autoridades de cualquier infracción, como la caza y pesca furtiva, el arrojo de basuras, incendios forestales intencionados o accidentales, etc. De hecho se podría implicar más al colectivo motociclista en las labores de vigilancia de la naturaleza y mantenimiento de pistas forestales (mediante charlas de concienciación, algún premio honorífico aquella asociación que más haya colaborado, etc.), se trata de vehículos muy ágiles para las labores de vigilancia en campo (el Seprona en general realiza las labores de vigilancia en campo con motocicletas, y antiguamente los agentes de medio ambiente con las famosas “Bultaco”). Por otra parte a veces es peor que no pasa ningún vehículo, ya que se cierran las pistas con la vegetación, dificultando las posteriores labores de extinción de incendios. Por otra parte los motociclistas generan rentas en el medio rural, a través de pernoctaciones, comidas en restaurantes, talleres, etc.


Reitero que el impacto lo genera la forma de conducción, no la motocicleta, ya que son vehículos homologados, y lo que se debe perseguir es aquellos conductores que conducen de forma negligente, ya sean conductores de motocicletas o de todoterrenos (si hay motociclistas que realizan una conducción negligente, que se les multe, pero no pueden pagar justos por pecadores). Aquí no se está hablando de practicar enduro o motocross, campo a través, sino de circular con motocicletas, por pistas forestales por las cuales pueden ir otros vehículos, a una velocidad inferior a 50 km/h.
Genera mayor impacto un todoterreno con una conducción agresiva (derrapando y acelerando), que un motociclista, realizando una conducción de moto-turismo, sosegada, y contemplando los paisajes.

Saludos


En Málaga, a 31 de Julio de 2018.


Fdo.

Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Julio 31, 2018, 12:34:16 pm
Es tan fácil como prohibiendo las motocicletas o quad se quitan de problemas.
No tienen que tener especial atención ni pedir documentaciones ni estar vigilando que tipo de moto es, la ley del mínimo esfuerzo lo llamo yo.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: pelioxi en Julio 31, 2018, 13:45:59 pm
Si se levantara la veda, esto sería un caos. Ojala nos dejaran disfrutar de la naturaleza como solemos hacer la gente que respeta lo que vemos pero, desgraciadamente, siempre habrá algún cafre que devuelva la ley a su estado actual o peor.
Me considero un privilegiado por haber podido disfrutar de la naturaleza antes de que los agentes se dedicaran a derribarnos con sus disparos (hecho verídico ocurrido hace muchos años en las sierras de Catalunya, no a mi) para hacer cumplir la ley.
Saludos.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: dafemen en Julio 31, 2018, 16:11:00 pm
Recientemente realicé esta consulta a la Consejería de Medio Ambiente: "¿existe alguna pista forestal, de algún parque natural de Andalucía donde puedan circular vehículos a motor, y no puedan circular motocicletas? Si es así ¿me pueden indicar cuáles, y en base a qué normativa?".

Y se me contestó lo siguiente: "“Se indica que está prohibida la circulación de motocicletas, cuadriciclos o vehículos asimilados, excepto si circulan por carreteras o caminos asfaltados, cuando esté vinculado a actividades de uso público, turismo activo y ecoturismo, en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), de acuerdo con lo dispuesto en su correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado mediante decreto…”

Cómo se puede observar no se prohíbe en todos los parques, lo cual resulta arbitrario (por qué en Doñana se puede y sin embargo en Sierra Nevada no), además de discriminatorio, por qué si puede circular un microbus o un todoterreno, y una moto no. No hablo de practicar enduro, lo cual está prohibido (ya que queda prohibida la circulación de vehículos a motor campo a través) , o competir, sino por qué se prohíbe la circulación de una motocicleta a menos de 50 km/h, donde si puede circular otro vehículo, me resulta injusto.

Ante lo cual, he redactado un escrito que el que esté de acuerdo, puede imprimirlo y rellenarlo con sus datos, y presentarlo en cualquier registro. Uno dirigido al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de la Junta de Andalucía. Casa Rosa Avd. Guardia Civil, 1, 41071 - Sevilla. Y otro al Defensor del Pueblo Andaluz, Calle Reyes Católicos, 21, 41001 Sevilla.

Por ejemplo, recientemente me metí por una pista forestal, del Parque de los Alcornocales, a paso burra, con ruedas asfálticas, donde pueden circular todoterrenos y turismos, y si me ven, me hubieran multado, sin yo saberlo (ya que no había señales de prohibición, y nadie se lee los planes de ordenación de los recursos naturales antes de entrar a un parque), y sin embargo si voy con un todoterreno, no hubiera tenido problemas, no me parece normal. O si alguien va a Cazorla a ver el nacimiento del Guadalquivir, en motocicleta, tampoco podría.

Copio y pego el escrito, para el que quiera, y cada uno claro está lo puede modificar a su antojo.:


PARA: Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de la Junta de Andalucía. Casa Rosa Avd. Guardia Civil, 1, 41071 - Sevilla

DE:
 
TEMA: QUEJA ante la prohibición de circulación de motocicletas cuadriciclos o vehículos asimilados por pistas forestales en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), donde pueden circular el resto de vehículos a motor

EXPONE:
Ante la prohibición de circulación de motocicletas cuadriciclos o vehículos asimilados por pistas forestales en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), donde pueden circular el resto de vehículos a motor, manifiesto:

1.   ¿Por qué se discrimina a las motocicletas en la circulación por las pistas forestales de dichos parques naturales, con respecto al resto de automóviles (turismos, todoterrenos, camiones, etc), cuando se trata de vehículos homologados, que han pasados sus respectivas inspecciones de vehículos? No existe ninguna base científica, ni técnica, para prohibir la circulación de las motocicletas por las pistas forestales por las que pueden circular el resto de automóviles. Una motocicleta genera menores emisiones de CO2, al ser un motor de gasolina y no diesel emite una menor cantidad de partículas contaminantes, genera menor compactación del terreno (aunque solamente tenga dos ruedas, pesa muchísimo menos), y las mismas emisiones sonoras (o menores), de hecho en las inspecciones técnicas de vehículos se controla exhaustivamente dicho parámetro. Considero que el impacto no lo genera el vehículo, sino la forma de conducción, y que un todoterreno con una conducción agresiva, genera un mayor impacto que una motocicleta con una conducción suave (no digamos un camión, o un autobús). Considero que es discriminatorio prohibir la circulación de motocicletas donde pueden circular el resto de vehículos a motor, ya que son vehículos homologados, que pagan sus respectivos impuestos, y no existe ninguna base técnica que indique que generen un mayor impacto.

2.   ¿Por qué unos Parques Naturales prohíben la circulación de motocicletas por pistas forestales (por donde pueden circular el resto de vehículos) y otros Parques Naturales si permiten dicha circulación? Considero que se entraría en arbitrariedad y desigualdad.

3.   Por otra parte el Decreto 15/2011 de 1 de febrero por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales de Andalucía y se aprueban medidas de agilización de los procedimientos administrativo, el cual prohibía: “Circular con motocicletas, cuatriciclos y vehículos asimilados, excepto si circulan por carreteras o caminos asfaltados”. ESTÁ ANULADO.

4.   Por otra parte según los artículos 55, 56 y 57 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, no se establece ningún tipo de restricción de las motocicletas con respecto al resto de vehículos a motor en el medio natural, de hecho a las motocicletas se les permite circular por viales que tenga una anchura superior a dos metros, mientras que para el resto de vehículos se exige una anchura superior a tres metros:

“Artículo 55. Circulación de vehículos a motor en el medio natural
1. La circulación de vehículos por el medio natural, además de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa general de circulación de vehículos a motor y por el resto de normativa sectorial que le sea de aplicación según la naturaleza de los terrenos por donde se practique dicha actividad, se someterá a las normas y limitaciones establecidas en el presente Decreto. Estas normas y limitaciones serán aplicables a los terrenos forestales, los espacios naturales protegidos, las vías pecuarias, los cauces de las corrientes naturales de agua, continuas o discontinuas y los lechos de los lagos, lagunas y embalses. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este Decreto las carreteras y vías de comunicación reguladas por su normativa específica.
2. Serán viales de libre circulación para los vehículos, quad o asimilados aquellos caminos públicos de tierra o de cualquier otro firme natural de anchura superior a tres metros, y en el caso de motocicletas aquellos con una anchura superior a dos metros, no considerándose como tales las vías pecuarias, los cortafuegos, los viales forestales, así como los caminos privados, cerrados al tráfico mediante la oportuna señalización y aquellos otros en los que se prohíba expresamente este uso.
Artículo 56. Limitaciones de carácter general
1. Queda prohibida la circulación de vehículos a motor campo a través por el medio natural, y en particular, por las dunas o por las corrientes naturales de agua, continuas o discontinuas y los lechos de los lagos, lagunas y embalses, excepto cuando formen parte de un vial que los atraviese o discurra tradicionalmente por un tramo. Está también prohibido circular por las vías de libre circulación cuando se hallen en situación de humedad o encharcamiento tal que la circulación por las mismas genere daños apreciables de erosión o huella rodada permanente, así como circular con vehículos adaptados para la nieve fuera de las pistas habilitadas.
2. Queda prohibido con carácter general:
a) Circular a velocidad superior a 50 km/h en vías libres de circulación, salvo que ello sea expresamente autorizado por la señalización del vial o camino o por Resolución de la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
b) Circular molestando intencionadamente o persiguiendo a la fauna.
c) Hacer uso de altavoces o claxon salvo por motivos de seguridad vial o razones de fuerza mayor.
d) Hacer uso de focos luminosos diferentes de los permitidos por la legislación de tráfico para cada tipo de vehículo.
e) Arrojar desde los vehículos cualquier tipo de residuo o contaminante al medio natural, así como cerillas, colillas, cigarros u otros objetos en combustión.
f) Atropellar o colisionar con animales de forma intencionada.
g) Verter aceites u otros residuos líquidos procedentes del vehículo.
3. Las limitaciones establecidas en el apartado 1 y en el 2. a) no serán aplicables a las personas relacionadas con la propiedad y los aprovechamientos de los terrenos para los que se establece dicha limitación, y a los agentes de la autoridad en labores de vigilancia u a otros servicios públicos de emergencias.
Artículo 57. Limitaciones particulares
1. Cuando la circulación motorizada resulte incompatible con la adecuada protección de la flora la fauna y sus hábitats, o con las condiciones requeridas para el desarrollo de los diferentes usos o aprovechamientos, podrá acordarse motivadamente el cierre al tráfico de los viales o caminos, o bien su uso restringido a las condiciones, épocas o circunstancias que eviten o aminoren el impacto sobre la flora y la fauna, o la incidencia en los eventuales aprovechamientos de la misma.
2. La competencia para adoptar este acuerdo será ejercida por las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de medio ambiente, previa audiencia a las personas titulares de los terrenos así como las de los aprovechamientos que puedan resultar afectados. Las limitaciones establecidas serán debidamente señalizadas.
3. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá regular, mediante Orden, las condiciones exigibles para autorizar la circulación de grupos de vehículos en el medio natural y para la autorización de competiciones deportivas.”


SOLICITA:
Solicito que en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén), se permita la circulación de motocicletas en aquellas pistas forestales donde pueden circular el resto de vehículos ya que:
1.   El Decreto 15/2011 de 1 de febrero por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales de Andalucía y se aprueban medidas de agilización de los procedimientos administrativo, ESTÁ DEROGADO.
2.   No hay ninguna base científica que indique que una motocicleta, respetando las normas de circulación, genere mayor impacto en el medio natural, que un camión o un todoterreno. Recordemos que son vehículos homologados, que han pasado sus respectivas verificaciones, e inspecciones técnicas.
3.   Hay otros parques Naturales y Nacionales de Andalucía que si que permiten la circulación de motocicletas por pistas forestales donde está habilitada la circulación para el resto de vehículos a motor (Doñana, Grazalema, Cardeña y Montero, Montes de Málaga, etc.) con lo cual se entraría en arbitrariedad, ¿por qué si se puede en Doñana, o Grazalema, y sin embargo en los Alcornocales no?
4.   El Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, no se establece ningún tipo de restricción especial a las motocicletas, con respecto al resto de vehículos a motor. (Cuando habla de viales forestales, se refiere a las vías de saca de madera –vías de pequeñas dimensiones para la saca de madera-, no a las pistas forestales en general).
5.   En general la gente que usa la moto por el campo, es amante de la naturaleza, y puede hacer una gran labor de vigilancia, al avisar a las autoridades de cualquier infracción, como la caza y pesca furtiva, el arrojo de basuras, incendios forestales intencionados o accidentales, etc. De hecho se podría implicar más al colectivo motociclista en las labores de vigilancia de la naturaleza y mantenimiento de pistas forestales (mediante charlas de concienciación, algún premio honorífico aquella asociación que más haya colaborado, etc.), se trata de vehículos muy ágiles para las labores de vigilancia en campo (el Seprona en general realiza las labores de vigilancia en campo con motocicletas, y antiguamente los agentes de medio ambiente con las famosas “Bultaco”). Por otra parte a veces es peor que no pasa ningún vehículo, ya que se cierran las pistas con la vegetación, dificultando las posteriores labores de extinción de incendios. Por otra parte los motociclistas generan rentas en el medio rural, a través de pernoctaciones, comidas en restaurantes, talleres, etc.


Reitero que el impacto lo genera la forma de conducción, no la motocicleta, ya que son vehículos homologados, y lo que se debe perseguir es aquellos conductores que conducen de forma negligente, ya sean conductores de motocicletas o de todoterrenos (si hay motociclistas que realizan una conducción negligente, que se les multe, pero no pueden pagar justos por pecadores). Aquí no se está hablando de practicar enduro o motocross, campo a través, sino de circular con motocicletas, por pistas forestales por las cuales pueden ir otros vehículos, a una velocidad inferior a 50 km/h.
Genera mayor impacto un todoterreno con una conducción agresiva (derrapando y acelerando), que un motociclista, realizando una conducción de moto-turismo, sosegada, y contemplando los paisajes.

Saludos


En Málaga, a 31 de Julio de 2018.


Fdo.

Que bien preparado y argumentado. En cuanto venga de las vacaciones me pongo con ello. Muchas gracias.


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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: bee andre en Julio 31, 2018, 16:21:22 pm
muy bien hecho Javier!
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: agmcata en Julio 31, 2018, 23:37:43 pm
Muy buen escrito. Muy fundamentado.
Podrías pasarlo en algún formato imprimible para que todos y cada uno de nosotros lo enviemos cambiando el nombre.
A ver si inundado el despacho del calientasillas de turno, conseguimos algo.
Chapó por tu iniciativa.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: TENERE-JAVIER en Agosto 01, 2018, 09:02:08 am
A ver si así queda colgado el documento. Saludos.

https://lookaside.fbsbx.com/file/Queja.%20Prohibici%C3%B3n%20de%20circulacion%20de%20motocicletas%20en%20algunos%20Parques%20Naturales.doc?token=AWyYIkWok8zZe3i53gRYKCUuWU7KyOxMuc0x4NZlLkhnTTicPVY9VG3fWdzFTNzBy7bpZ34aYZGwwN1SIEki08Dxt8nGDxA2mcujcknDnDRqP78jx1RRB9ZDNUlltkKr1IqH017nla13g_atZ4BcOu02vjtbfEKixCeeL09mJaAy4dtGtBP7t1p15Mg4H9MELec (https://lookaside.fbsbx.com/file/Queja.%20Prohibici%C3%B3n%20de%20circulacion%20de%20motocicletas%20en%20algunos%20Parques%20Naturales.doc?token=AWyYIkWok8zZe3i53gRYKCUuWU7KyOxMuc0x4NZlLkhnTTicPVY9VG3fWdzFTNzBy7bpZ34aYZGwwN1SIEki08Dxt8nGDxA2mcujcknDnDRqP78jx1RRB9ZDNUlltkKr1IqH017nla13g_atZ4BcOu02vjtbfEKixCeeL09mJaAy4dtGtBP7t1p15Mg4H9MELec)
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: EL_TUERCAS en Agosto 01, 2018, 10:06:31 am
Muy buena iniciativa Javier.

Lo he sufrido en mis carnes en la zona de Cazorla por ejemplo o en la zona de Sierra Magina donde hicimos el encuentro y hermananmiento con Motos Trail Murcia hace unos años. Es absolutamente discriminatorio.

A la vuelta de vacaciones lo redacto y presento.

Gracias por la iniciativa
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: ArmandoGS en Agosto 01, 2018, 11:49:28 am
La iniciativa es buena..gracias Javier..pero en estos asuntos me temo que predicamos en el desierto..es raro que no se haya levantado esa absurda prohicicion..y algo oscuro habra ahi..`perdonad pero soy muy negativo.. 8)
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: pelioxi en Agosto 01, 2018, 12:17:18 pm
Este tema es muy doloroso.
Yo también soy escéptico al respecto, porque iniciativas parecidas se han llevado a cabo en el pasado y estamos en el mismo sitio.
Ojalá salga adelante y a partir de ese momento sepamos comportarnos todos con la educación y civismo que se supone debemos tener.
Ojalá me equivoque, pero va a ser chocar contra la Administración Pública.
Lo suyo sería pasar este escrito a los clubs de España que tenemos la misma afición para que podamos hacer más fuerza en conseguir disfrutar de la naturaleza y ayudar en las denúncias de los desmanes que otras personas pudieran infringir al medio ambiente.
De hecho, creo que sería mejor que fueran lo clubs quienes, en nombre de sus socios y allegados, pudieran presentar dicho escrito donde corresponda. El todo hace más fuerza que cada uno de sus individuos.
Saludos.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Chemagda en Agosto 01, 2018, 12:41:02 pm
El tema está muy bien documentado, pero se cae por su base y que no te han explicado y que en su día lo expliqué y lo vuelvo a hacer:

Cuando era Secretario del Trail Total, fui a pedir al Departamento en Málaga de la Junta de Andalucía de aprovechamiento del Medio Ambiente, permiso para una ruta y me remitieron desde la Junta de Andalucía de Sevilla a solicitarlo mediante un formulario electrónico que hay en la web de Medio ambiente de la Junta, lo hice y jamas recibí noticias, esperé el plazo en que si no te contestan es silencio positivo pero no lo era y fui a ver al Delegado en Málaga y me dijo lo siguiente y que además creo que ese hombre era sincero y lo mantendría donde fuera, su contestación fue " José María, soy aficionado a las motos, se que hacen menos daños que un 4X4 y un quad en los carriles, no hablamos de campo a través , pero lo culpa es de los políticos que tenemos, que han redactado una ley, que dice en su enunciado que se prohíben los vehículos a motor y que por lo tanto, la ley tiene mayor rango que una autorización, que si la aprueba es prevaricar y hacerse responsable de incumplir la ley", por eso todo lo que estamos haciendo, es inútil mientras los políticos no cambien el enunciado de la ley.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: TENERE-JAVIER en Agosto 01, 2018, 14:08:05 pm
El tema está muy bien documentado, pero se cae por su base y que no te han explicado y que en su día lo expliqué y lo vuelvo a hacer:

Cuando era Secretario del Trail Total, fui a pedir al Departamento en Málaga de la Junta de Andalucía de aprovechamiento del Medio Ambiente, permiso para una ruta y me remitieron desde la Junta de Andalucía de Sevilla a solicitarlo mediante un formulario electrónico que hay en la web de Medio ambiente de la Junta, lo hice y jamas recibí noticias, esperé el plazo en que si no te contestan es silencio positivo pero no lo era y fui a ver al Delegado en Málaga y me dijo lo siguiente y que además creo que ese hombre era sincero y lo mantendría donde fuera, su contestación fue " José María, soy aficionado a las motos, se que hacen menos daños que un 4X4 y un quad en los carriles, no hablamos de campo a través , pero lo culpa es de los políticos que tenemos, que han redactado una ley, que dice en su enunciado que se prohíben los vehículos a motor y que por lo tanto, la ley tiene mayor rango que una autorización, que si la aprueba es prevaricar y hacerse responsable de incumplir la ley", por eso todo lo que estamos haciendo, es inútil mientras los políticos no cambien el enunciado de la ley.

"que han redactado una ley, que dice en su enunciado que se prohíben los vehículos a motor " Esa ley la han cambiado, es la ley de montes  (las leyes van cambiando en base a los problemas que se originan, a veces es peor el remedio que la enfermedad).

Redacción del 2013 de la ley de montes:
"2. La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes. Excepcionalmente, podrá autorizarse por la Administración Forestal el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil." Había gente que con aquella ley, argumentaba el tema de la servidumbre de paso si les paraban, ya que en la mayor parte de los casos los caminos se han construido con dicho fin, pasar de un sitio a otro. A veces los caminos son para acceder a una torreta de incendios, y si no eres el vigilante, ya no tienes mucho que argumentar, pero en la mayor parte de los casos los caminos forestales tienen una servidumbre de paso

Redacción del 2015 de la ley de montes:
"2. Las comunidades autónomas definirán las condiciones en que se permite la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin."

Y el reglamento forestal de Andalucía recoge lo típico:
2. A los efectos previstos en el párrafo anterior, se prohíbe en los montes públicos:
a) La circulación de motocicletas, automóviles y demás vehículos a motor campo a través, por cortafuegos,
vías forestales de extracción de madera, vías pecuarias, cauces secos o inundados, y con carácter general,
fuera de las vías expresamente previstas para dichos vehículos siempre que no resulte imprescindible para el
desarrollo de los aprovechamientos forestales autorizados, la guardería forestal o la prestación de servicios
públicos.


4. La velocidad de circulación de vehículos de cualquier clase por las pistas y caminos que discurran por
montes públicos queda limitada con carácter general a 40 km hora, salvo indicación expresa que establezca un
límite diferente.


Habría que añadir, el tema de la prohibición de la circulación, por la época de incendios (ley de incendios), y la prohibición de la circulación por cauces (ley de aguas).

Actualmente la prohibición se basa en la redacción de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, no en base a ninguna ley, ni reglamento (yo en la pregunta les índico que me digan en base a qué normativa, y me contestan que en base a dichos Planes), de hecho en unos parques naturales si se puede (sierra de las nieves), y en otros no (sierra nevada), (si fuese por una ley me contestarían que en ningún parque natural se puede), y éstos se redactan en base a los gustos de los órganos de gobierno de los parques naturales, y esto no se puede permitir, ya que si no hay una argumentación de por qué en unos si se puede y en otros nos, se entra en arbitrariedad, y discriminación. Y si dicen que en tal camino no pueden circular las motos porque hay flora protegida (lo cual podría ser, y aceptaría de buen grado), tampoco podrían circular turismos, ni ningún vehículo a motor, lo que no puede ser es que a una zona si que pueda ir un todoterreno, y no una moto, cuando no hay ninguna argumentación que lo justifique. Yo no entro en que puedan o no puedan circular vehículos a motor, sino por qué en unas pistas pueden circular todoterrenos o turismos, mientras que las motos no, agravándose más que en unos parques naturales si se puede, mientras que en otros no.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Chemagda en Agosto 01, 2018, 14:18:40 pm
Gracias por la aclaración de normas nuevas, pero como tu dices todo es susceptible de empeorar y lo han conseguido, ahora pueden hacer lo que le den la gana y elegir el tipo de vehiculos, pero intentaré hablar con el Delegado de Málaga a ver que me dice.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: AvantosYam750 en Agosto 02, 2018, 08:46:37 am
Estupenda iniciativa Javier, siempre he pensado que este asunto en manos de un abogado se podría revertir, no lo veo muy constitucional por discriminatorio.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: pelioxi en Agosto 02, 2018, 09:44:18 am
Como esto lleva así muchos años, yo ofrecería la posibilidad en el escrito de que "abrieran el grifo" gradualmente mediante una serie de licencias, que podrían ser de pago (simbólico), otorgadas a través de los clubes más antiguos, sería otra restricción, que se dedican exclusivamente a este tema.
En la moto debería ser bien visible el correspondiente pago de la "tasa", del estilo de la ITV.
Qué opinais?
Saludos

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Twin2 en Agosto 02, 2018, 13:24:13 pm
Te deseo la mayor de las suertes pero, por experiencia personal, siento tener que ser pesimista.
Según me comentaron en Medio Ambiente, si se hace alguna modificación/actualización, sería con carácter aún más restrictivo para nosotros. No me dieron razones ni argumentos, pero según ellos tampoco los necesitan.
Así que... "Virgencita, que me quede como estoy".  :-[

P.D. de joven era optimista.  8)
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Chemagda en Agosto 02, 2018, 14:16:36 pm
Como esto lleva así muchos años, yo ofrecería la posibilidad en el escrito de que "abrieran el grifo" gradualmente mediante una serie de licencias, que podrían ser de pago (simbólico), otorgadas a través de los clubes más antiguos, sería otra restricción, que se dedican exclusivamente a este tema.
En la moto debería ser bien visible el correspondiente pago de la "tasa", del estilo de la ITV.
Qué opinais?
Saludos

Por mi parte, aunque costara 50 euros al año, si nos permitieran a la velocidad que dicen, poder circular por carriles principales, lo firmaba sin mayor problema.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: pelioxi en Septiembre 13, 2018, 15:33:04 pm
Como ya ha empezado el curso 2018-2019 después de las vacaciones, hay algún entendido en la materia moviendo este tema? Hay alguna forma de poder colaborar en esta iniciativa?
Saludos.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: el_nisi en Septiembre 13, 2018, 16:13:46 pm
Javier gracias por la inicitiva yo lo voy a enviar al parque Natural sierra de Arcena y Picos de Aroche ( Huelva).
En concreto ayer llamé para ver los documentos necesarios que hacían falta para pedir permiso para realizar una ruta la temporada que viene y su contestación fue que había que enviar un escrito y estudiar el caso, pero que ellos lo veían bastante complicado yo les dije que bueno que los vehículos que íbamos a realizar la ruta tenían todos su documentación en vigor como sus respectivas ITV y su seguro obligatorio y en caso de producirse un accidente el que responde es el seguro del vehículo y ellos me dijeron que como son vehículos que han causado tantos problemas...pero que lo intentará también me dijeron que había empresas de turismo que tenían permiso para realizar actividades de este tipo( no sé que empresas serán) yo les comenté que nosotros íbamos a circular por caminos agrícolas que en ningún momento nos íbamos a meter en un corta fuegos ni a destrozar la naturaleza...total estuve un poco hablando con ellos y me dijeron que el nuevo borrador sobre la ley de montes prohíbe ya la circulación por un carril de tierra, quiere decir que ya no es una vía pecuaria ni una calzada romana ya vas por un carril de tierra y como quieran pueden crujirte por lo que me indigne y le dijé que quería enviar un escrito y esperaba una contestación.
Así que las llevamos clara los que nos gusta salir un rato al campo con nuestras motos.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: TENERE-JAVIER en Septiembre 13, 2018, 16:48:06 pm
En Aracena y Picos de Aroche si q se puede circular dónde si pueden el resto de vehículos a motor, según me contestaron de servicios centrales de Sevila. No se puede en los siguientes: , en el Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada (Almería y Granada) y en los parques naturales Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (Granda y Málaga), Los Alcornocales (Cádiz y Málaga) y Sierra de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén).

Luego en la administración hay que tener cuidado quien te da la información, a veces da la información gente que no sabe, siempre las consultas es mejor por escrito, y que contesten por escrito, por lo que pueda pasar.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: armedostrail en Septiembre 13, 2018, 22:01:29 pm
Javier gracias por la inicitiva yo lo voy a enviar al parque Natural sierra de Arcena y Picos de Aroche ( Huelva).
En concreto ayer llamé para ver los documentos necesarios que hacían falta para pedir permiso para realizar una ruta la temporada que viene y su contestación fue que había que enviar un escrito y estudiar el caso, pero que ellos lo veían bastante complicado yo les dije que bueno que los vehículos que íbamos a realizar la ruta tenían todos su documentación en vigor como sus respectivas ITV y su seguro obligatorio y en caso de producirse un accidente el que responde es el seguro del vehículo y ellos me dijeron que como son vehículos que han causado tantos problemas...pero que lo intentará también me dijeron que había empresas de turismo que tenían permiso para realizar actividades de este tipo( no sé que empresas serán) yo les comenté que nosotros íbamos a circular por caminos agrícolas que en ningún momento nos íbamos a meter en un corta fuegos ni a destrozar la naturaleza...total estuve un poco hablando con ellos y me dijeron que el nuevo borrador sobre la ley de montes prohíbe ya la circulación por un carril de tierra, quiere decir que ya no es una vía pecuaria ni una calzada romana ya vas por un carril de tierra y como quieran pueden crujirte por lo que me indigne y le dijé que quería enviar un escrito y esperaba una contestación.
Así que las llevamos clara los que nos gusta salir un rato al campo con nuestras motos.

empresas de turismo activo... es la via mas rapida... pero aun asi edu te animo a seguir, sera tedioso pero en cuanto abras una vez la puerta el resto te sera mas facil.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: el_nisi en Septiembre 14, 2018, 00:46:51 am
Es como dice el refrán las cosas de palacio van despacio... pero voy  a poner todo mi esfuerzo y mi tiempo a conseguir un documento en el que podamos circular un día por el parque Natural sierra de Aracena y Picos de Aroche para poder postear  la ruta y que todos disfrutemos de los paisajes que se pueden apreciar en la ruta y sobre todo de echar un día de motos.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Furry en Septiembre 14, 2018, 09:07:56 am
¡Grande Nisi!
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: pelioxi en Septiembre 14, 2018, 11:13:56 am
Es como dice el refrán las cosas de palacio van despacio... pero voy  a poner todo mi esfuerzo y mi tiempo a conseguir un documento en el que podamos circular un día por el parque Natural sierra de Aracena y Picos de Aroche para poder postear  la ruta y que todos disfrutemos de los paisajes que se pueden apreciar en la ruta y sobre todo de echar un día de motos.
Si se consigue permiso para circular, denunciar cualquier infracción (coherente) que se cometa para que el organismo público competente vea que podríamos ser una ayuda en defensa de la naturaleza y no la clase de seres que vamos por ahí arrasándolo todo.
Entre todos podríamos cuidar del patrimonio tan bonito que tenemos.
Tengo claro que los meses estivales (junio-septiembre, inclusive) podría ser contraproducente y crear una desgracia, aún sin quererlo; pero los meses donde las temperaturas son bajas...
Saludos.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Mr.Bean en Septiembre 17, 2018, 00:57:35 am
de verdad alguien piensa todavía que la existencia de empresas de turismo activo en los parques naturales no tiene algo que ver con la prohibición expresa de circulación de motos en concreto? no será que se le otorga un monopolio para este tipo de actividad a las empresas de los amiguetes y alcaldes de las localidades?
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: MARTIANO71 en Septiembre 17, 2018, 09:52:23 am
de verdad alguien piensa todavía que la existencia de empresas de turismo activo en los parques naturales no tiene algo que ver con la prohibición expresa de circulación de motos en concreto? no será que se le otorga un monopolio para este tipo de actividad a las empresas de los amiguetes y alcaldes de las localidades?
+++ un millón
 
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Manuelcho en Octubre 13, 2018, 01:42:40 am
Ayer estuve hablando con personal del Infoca en Cazorla y me comentó que los guardas forestales son los que han incidido para que prohiban las motos por los carriles por la simple razón de que los estropean. ..... Y veo parte de razón, hay mucha moto de enduro con 40, 50 60 CV y 110 kilos que va con la rueda como un molinillo.  No son trails o motos de paseo, van rascando rueda casi todo el rato y ...pagamos justos por pecadores, pero no pueden prohibir rachear, te imaginas una señal de Prohibido rachear en los próximos 15 km de pista?.

Puede que sea así, no se si es verdad lo que me ha dicho, pero ahí queda.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Octubre 13, 2018, 09:20:01 am
Los guardas no quieren las motos, simplemente porque les daría trabajo de estar pendientes por si se meten por sitios prohibidos.
Un todo terreno y sus 2000 kilos rompe mucho más que las motos, romper o patinar depende del que va encima.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: MARTIANO71 en Octubre 13, 2018, 10:05:35 am
Ayer estuve hablando con personal del Infoca en Cazorla y me comentó que los guardas forestales son los que han incidido para que prohiban las motos por los carriles por la simple razón de que los estropean. ..... Y veo parte de razón, hay mucha moto de enduro con 40, 50 60 CV y 110 kilos que va con la rueda como un molinillo.  No son trails o motos de paseo, van rascando rueda casi todo el rato y ...pagamos justos por pecadores, pero no pueden prohibir rachear, te imaginas una señal de Prohibido rachear en los próximos 15 km de pista?.

Puede que sea así, no se si es verdad lo que me ha dicho, pero ahí queda.

no estoy de acuerdo. Partiendo siempre que el que van montado tienes dos dedos de frente yo pienso que una enduro es vital para mantener los senderos y mil caminos entre vegetación  abiertos y operativos...... porque si nos ponemos así yo me he encontrado a tipos con maxitrails enganchados en escalones de 50 cm quemando embrague, acelerando a más no poder sus magníficas motos y dejando agujeros de varios metros cúbicos por detrás. Las enduro en la sierra son fundamentales ..... ya está bien de asociar siempre el enduro a daños y problemas y el trail a civilización orden y respeto .....
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Octubre 13, 2018, 10:18:30 am
Exacto martiano, los boquetes normalmente son de gente que no saben o llevan motos poco preparadas.
Me encuentro muchos aenderistas/ciclistas que dicen rompemos los caminos/sendas y si no fuera por nosotros que gracias a ir con la ropa adecuada y la hacemos polvo, estarían cerrados y nadie con ropa normal se atrevería a pasar.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Ousouye en Octubre 13, 2018, 13:47:30 pm
Ya que pides opinión, la mía es que "virgencita, que me quede como estaba":
Creo que mover esto, con los tiempos de ecologismo talibán que corren, puede ser contraproducente.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Octubre 13, 2018, 14:38:17 pm
Ya que pides opinión, la mía es que "virgencita, que me quede como estaba":
Creo que mover esto, con los tiempos de ecologismo talibán que corren, puede ser contraproducente.

Nunca mejor dicho y como digo siempre, no des ideas.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Manuelcho en Octubre 13, 2018, 23:09:57 pm
Martiano71, dos dedos de frente tienen algunos con dos ruedas y otros no tanto, como con 4 ruedas. 

Me refiero a carriles de parques naturales, tipo Cazorla o Sierra Nevada,  en buen estado y con esa piedrilla un poco suelta, arreglaos. De coches no se ven marcas pero de motos si, cuando la rueda de atrás quiere adelantar a la de alante, pues eso.  Si huebiéra muchos coches con 400 o 500 cv seguro que también se verían marcas de estos, no me gusta pero es así.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: el_nisi en Octubre 13, 2018, 23:35:45 pm
Pues yo soy partidario de remover este tema y de unirnos con los Moteros del sur ecologista ( creo que se llaman así) y recoger firmas para que la ley de montes la hagan igual que en Extremadura, que por cierto allí existe una ley de montes permitiendo CIRCULAR a todo tipo de VEHÍCULOS.
Ya dije que como el borrador que tienen echo lo aprueben para ir a nuestra parcela con la moto a pasar el día y tengas la mala suerte que te cruces con uno de los del coche del Betis os pueden hacer catapum!! me he estado informando y los agentes forestales no tienen potestad para poder darte el alto y poner una denncia. Un agente forestal ÚNICAMENTE puede informar al SEPRONA dado que ellos son fuerzas de Seguridad del estado y ellos sí que pueden poner una denuncia ( por lo menos en mi pueblo es así) Sierra Huelva - ARACENA.
La ley dice esto:

En montes públicos está prohibida la circulación de motocicletas, automóviles y demás vehículos a motor campo a través, por cortafuegos, vías forestales de extracción de madera, vías pecuarias, cauces secos o inundados, y con carácter general, fuera de las vías expresamente previstas para dichos vehículos siempre que no resulte imprescindible para el desarrollo de los aprovechamientos forestales autorizados, la guardería forestal o la prestación de servicios públicos. En caso de que esté permitido, la velocidad de circulación por las pistas y caminos que discurran por montes públicos queda limitada con carácter general a 40 Km/hora, salvo indicación expresa que establezca un límite diferente.

Además en el resto de terrenos forestales y zonas de influencia forestal, en las épocas de mayor riesgos de incendios, desde el 1 de junio hasta 15 de octubre de cada año, queda prohibida la circulación con vehículos a motor campo a través, por cauces secos o inundados, vías pecuarias, vías forestales de extracción de madera y pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras.

No obstante, se exceptúan de dicha prohibición:

Las servidumbres de paso existentes.
El acceso a instalaciones agroforestales, industriales, empresariales o turísticas.
El acceso a infraestructuras de comunicaciones terrestres, transporte de agua, energía eléctrica o gas.
La necesaria gestión agroforestal y los servicios ecoturísticos autorizados.
La circulación para labores de vigilancia y extinción de incendios forestales, vigilancia medioambiental o servicios de emergencia.
La circulación necesaria para la celebración de romerías tradicionales autorizadas.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: MARTIANO71 en Octubre 14, 2018, 08:35:59 am
Desgraciadamente este asunto no ha sido bien llevado desde el inicio y los usuarios de moto de campo tampoco están teniendo las ideas muy claras, hay veces que hasta es peor opinar. El campo dentro de poco será un coto cerrado y propiedad exclusiva de empresas de turismo activo que tendrán concesiones  administrativas previo pago por supuesto y nosotros los usuarios y paganinis todos deberemos pasar por caja anualmente pagando un nuevo impuesto/tasa o como quiera que inventen para pisar campo o pagando puntualmente la salida correspondiente a una de estas empresas intermediarias puestas ahí para eso....  Esto va por ahí . ¿¿No os dais cuenta las miles y miles de empresas que están saliendo organizando rutas camperas, rallyes, etc, etc. ??? Es el primer paso. El segundo publicar normativa de tasa para usuarios del campo en moto y el tercero todos follados porque nos habremos metido en el hoyo nosotros mismos con tantas discusiones y citando normativa y normativas que por supuesto me la se de memoria.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: dafemen en Octubre 14, 2018, 08:40:54 am
Yo creo que es un tema para hablar en la asamblea.


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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: PedroCC en Octubre 14, 2018, 12:13:19 pm
Me parece una estupenda idea, como no se consigue nada es con los brazos cruzados, creo que este es el problema nuestro, no estamos unidos. Cuando comenzó la ley de monte los Moteros del Sur organizaron manifestaciones aquí en Sevilla ante la Consejeria de Medio ambiente, yo fui a las 2 primeras y eramos cuatro gatos, dábamos pena, la gente prefería irse al campo con la moto, antes que perder la mañana con manisfestaciones. El problema es de todos, de los enduros, de los trail, hasta de los ciclistas, si dividimos tenemos menos fuerza. Alucino las manifestaciones que han hecho los cazadores cuando han intentado tocarle a lo suyo y han conseguido frenar las limitaciones que querían imponerles. Para nuestros políticos solo somos un puñado de votos, si le hacen mas caso a los "verdes" es porque se hacen notar más, si todos nos hacemos notar al unisono otro gallo nos cantaría.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: el_nisi en Octubre 14, 2018, 12:35:34 pm
yo por eso digo de hablar con los moteros del sur ecologista y hacer una recogida de firmas,presentarlas donde haya que ir y bueno no pedimos que deroguen la ley de montes pero sí que se haga una rectificación y permitiendo la circulación.
Como os he puesto antes la ley como veréis tiene muchas lagunas...en teoría mientras que no se circule por una vereda o un cortafuegos y tal no hay problemas...
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Chemagda en Octubre 14, 2018, 12:51:29 pm
pues nada, lo suyo es que hablarais con Susana que ahora para las elecciones, querrá votos, ponéis una recogida de firmas en Change Org y si firman unos cientos de miles de personas, eso puede ser más rápido y efectivo
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: MARTIANO71 en Octubre 14, 2018, 12:57:30 pm
pues nada, lo suyo es que hablarais con Susana que ahora para las elecciones, querrá votos, ponéis una recogida de firmas en Change Org y si firman unos cientos de miles de personas, eso puede ser más rápido y efectivo

jajajajaja creo que vamos tarde....ya tenemos cuarto y mitad
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Octubre 14, 2018, 13:08:47 pm
yo por eso digo de hablar con los moteros del sur ecologista y hacer una recogida de firmas,presentarlas donde haya que ir y bueno no pedimos que deroguen la ley de montes pero sí que se haga una rectificación y permitiendo la circulación.
Como os he puesto antes la ley como veréis tiene muchas lagunas...en teoría mientras que no se circule por una vereda o un cortafuegos y tal no hay problemas...
Ya se ha dicho muchas veces, pero si no se transita por cortafuegos y veredas, estas se cierran en muy pocos meses.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Kique en Octubre 16, 2018, 23:25:07 pm
A lo que añado que tanta prohibición tiene como un de sus motivos principales la ingente cantidad de dinero que mueve esta gente con la excusa de la protección a la naturaleza. Al final todo tiene que ver con el movimiento de dinero y los intereses creados, legítimos o no.

Soy escéptico en otras motivaciones. Muy escéptico.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Chato en Octubre 17, 2018, 23:50:32 pm
Dejarse de remover la mierda que mientras mas la muevas mas huele.

y nos va a salpicar seguro.

Saludos.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: armedostrail en Octubre 18, 2018, 00:41:56 am
Dejarse de remover la mierda que mientras mas la muevas mas huele.

y nos va a salpicar seguro.

Saludos.

yo hasta cerraba el post... que sepais que nos leen...
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: MARTIANO71 en Octubre 18, 2018, 07:08:34 am
Dejarse de remover la mierda que mientras mas la muevas mas huele.

y nos va a salpicar seguro.

Saludos.

yo hasta cerraba el post... que sepais que nos leen...

[/quot
++++++ 1 millón
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: Ousouye en Octubre 18, 2018, 08:28:46 am
Dejarse de remover la mierda que mientras mas la muevas mas huele.

y nos va a salpicar seguro.

Saludos.

yo hasta cerraba el post... que sepais que nos leen...
+1
O al menos editar el título del post que chirría a la vista.

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Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: 2mj en Octubre 18, 2018, 08:47:47 am
Pues si, de acuerdo en no mover la mierda o nos podemos manchar.
Título: Re:Motocicletas por pistas forestales de P.N. dónde pueden circular el resto.
Publicado por: el_nisi en Octubre 18, 2018, 12:01:18 pm
Es un tema para hablarlo en la asamblea, pero aquí tampoco se ha dicho nada malo únicamente estamos pidiendo poder circular por los caminos de siempre respetando a senderistas, ciclistas y sobre todo a la naturaleza. En lo que llevo en el club por lo menos yo todavía no he visto a ninguno de nosotros tirar basura al campo ni dañar la naturaleza.
Título: Re:Normativa
Publicado por: Pacheco en Octubre 18, 2018, 14:46:33 pm
El tema está muy bien documentado, pero se cae por su base y que no te han explicado y que en su día lo expliqué y lo vuelvo a hacer:

Cuando era Secretario del Trail Total, fui a pedir al Departamento en Málaga de la Junta de Andalucía de aprovechamiento del Medio Ambiente, permiso para una ruta y me remitieron desde la Junta de Andalucía de Sevilla a solicitarlo mediante un formulario electrónico que hay en la web de Medio ambiente de la Junta, lo hice y jamas recibí noticias, esperé el plazo en que si no te contestan es silencio positivo pero no lo era y fui a ver al Delegado en Málaga y me dijo lo siguiente y que además creo que ese hombre era sincero y lo mantendría donde fuera, su contestación fue " José María, soy aficionado a las motos, se que hacen menos daños que un 4X4 y un quad en los carriles, no hablamos de campo a través , pero lo culpa es de los políticos que tenemos, que han redactado una ley, que dice en su enunciado que se prohíben los vehículos a motor y que por lo tanto, la ley tiene mayor rango que una autorización, que si la aprueba es prevaricar y hacerse responsable de incumplir la ley", por eso todo lo que estamos haciendo, es inútil mientras los políticos no cambien el enunciado de la ley.
Dejarse de remover la mierda que mientras mas la muevas mas huele.

y nos va a salpicar seguro.

Saludos.
+1

Chubasquero para todos

Enviado desde movilidad. Disculpa los errores

Título: Re:Normativa
Publicado por: pelioxi en Septiembre 11, 2019, 13:19:51 pm
La ley de circulación de vehículos a motor "por lo marrón" es muy restrictiva, pero cada año se queman cada vez más hectáreas...
Se sabe algo de este importante tema?
Un saludo.

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Título: Re:Normativa
Publicado por: dafemen en Septiembre 11, 2019, 15:28:59 pm
La ley de circulación de vehículos a motor "por lo marrón" es muy restrictiva, pero cada año se queman cada vez más hectáreas...
Se sabe algo de este importante tema?
Un saludo.

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Pienso que debería ser un tema solo para socios, por el carácter privado y no público de post.


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Título: Re:Normativa
Publicado por: pelioxi en Septiembre 11, 2019, 15:41:29 pm
Cuidar del medio ambiente no creo que sea solo asunto de los socios del CTA, sino de todo el mundo.
A no ser que este tema sólo sirva para recaudar más.
Un saludo.

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Título: Re:Normativa
Publicado por: dafemen en Septiembre 11, 2019, 20:21:01 pm
Cuidar del medio ambiente no creo que sea solo asunto de los socios del CTA, sino de todo el mundo.
A no ser que este tema sólo sirva para recaudar más.
Un saludo.

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Pelioxi lógicamente el cuidado del medio ambiente es de todos, socios y no socios.

Nadie ha hablado de recaudar nada no se porque dices eso.

En este foro hay dos formas de publicar algo, esta que es pública y todo el mundo puede leer y una parte privada (para socios) que solo la pueden ver los socios. Como este en un tema “delicado” opino al igual que otras personas (Ver el histórico de esta conversación), que es mejor no remover esto públicamente y una buena manera pues es desde una parte privada no?


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Título: Re:Normativa
Publicado por: pelioxi en Septiembre 11, 2019, 20:32:59 pm
Cuidar del medio ambiente no creo que sea solo asunto de los socios del CTA, sino de todo el mundo.
A no ser que este tema sólo sirva para recaudar más.
Un saludo.

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Pelioxi lógicamente el cuidado del medio ambiente es de todos, socios y no socios.

Nadie ha hablado de recaudar nada no se porque dices eso.

En este foro hay dos formas de publicar algo, esta que es pública y todo el mundo puede leer y una parte privada (para socios) que solo la pueden ver los socios. Como este en un tema “delicado” opino al igual que otras personas (Ver el histórico de esta conversación), que es mejor no remover esto públicamente y una buena manera pues es desde una parte privada no?


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No entiendo por qué un no socio no puede aportar soluciones o ideas a este tema que también influye a este sector del club.
Por recaudar me refería a las tan temidas multas que pueden caer si te paran.
En el tema de los incendios, que cada vez hay más y muy dañinos, podríamos ayudar de alguna manera si vemos que se intenta cometer un delito de ese tipo.
Un saludo.

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Título: Re:Normativa
Publicado por: Mr.Bean en Septiembre 12, 2019, 23:50:49 pm
Buena iniciativa